Viera FM ha querido celebrar el Día de la Paz y de la No Violencia. Alumnas del comité de Solidaridad (Carlota y Elena) y la coordinadora de la red (Amelia Muñoz Rubio) recuerdan a nuestros oyentes por qué es tan importante celebrar este día.
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jueves, 31 de enero de 2019
Viera FM (programa 4: Día de la Paz y la No Violencia)
Viera FM ha querido celebrar el Día de la Paz y de la No Violencia. Alumnas del comité de Solidaridad (Carlota y Elena) y la coordinadora de la red (Amelia Muñoz Rubio) recuerdan a nuestros oyentes por qué es tan importante celebrar este día.Día escolar por la paz y la no violencia
Por Elena Crespo García (1º Bachillerato E)
El miércoles 30 de Enero, se celebró el Día Escolar por la Paz y la No Violencia, en conmemoración al fallecimiento de Gandhi. Por ello, desde el Comité de Solidaridad, junto con la emisora Viera FM, se organizó una entrevista al propio comité, que estará disponible en la web del centro, y la lectura de un manifiesto, que podrán leer a continuación.
Nosotras y nosotros, estudiantes, profesorado y el conjunto de personas de la comunidad educativa, preocupados por la persistencia de conflictos y la proliferación de la violencia, de conductas de intolerancia en nuestras sociedades y en diversas partes del mundo, así como por la existencia del terrorismo y la guerra, verdaderos azotes de la humanidad.
Alarmadas por el incremento de situaciones de acoso escolar, de matonismo en nuestras ciudades, de amenazas y abusos, de actos y de conductas denigrantes, agresivas y violentas en internet y en las redes sociales que atentan contra la integridad física y síquica de las personas.
Preocupados por la extensión de la intolerancia hacia las personas diferentes, sobre la que se asientan infinitas conductas de discriminación, odio y violencia que dañan la dignidad de la persona, su libertad e igualdad de derechos que son inherentes a todos los seres humanos, impidiendo una convivencia en tolerancia y concordia.
Reconociendo que la paz no solo es la ausencia de conflictos, invitamos a toda la ciudadanía y a las instituciones democráticas a fortalecer su compromiso con la Cultura de Paz, que implica:
El respeto a la vida, el fin de la violencia y la promoción y práctica de la no violencia por medio del diálogo, la cooperación y en especial de la educación para la Tolerancia y la Paz.
El respeto pleno a la dignidad a la persona y la defensa y promoción de los Derechos Humanos y las libertades fundamentales, y el compromiso con la resolución pacífica de los conflictos
El respeto de la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres, y del derecho de todas las personas a la libertad de expresión, opinión e información, impidiendo toda forma de abuso y agresión escudado en las mismas.
El respeto y la promoción de la solidaridad y del derecho al desarrollo humano y a la protección del medio ambiente para las generaciones presentes y futuras.
La adhesión a los principios de libertad, justicia, democracia, tolerancia, solidaridad, cooperación, pluralismo, diversidad cultural y social, diálogo y entendimiento a todos los niveles de la sociedad y entre las naciones, animados por un entorno que favorezca la Paz y la No Violencia.
En consecuencia, recordamos, en este importante Día Mundial a los padres y madres, maestros, estudiantes, periodistas, políticos, intelectuales, artistas y a toda la ciudadanía en general, la importante responsabilidad que tienen en el compromiso de impulsar una cultura de convivencia y paz en la humanidad; y de igual manera la responsabilidad y el papel informativo y educativo de los medios de difusión en promover esta cultura de paz, el compromiso pleno que debe ejercer la sociedad civil en su desarrollo y la responsabilidad de los gobiernos cuya función es primordial en la promoción y fortalecimiento de la cultura de convivencia, tolerancia y de la paz.
Invitamos en este Día Mundial Día Escolar de la Paz y la No Violencia a trabajar y comprometerse por hacer realidad aquello que el preámbulo de la UNESCO declara y afirma, recordándonos que “puesto que las guerras nacen en la mente de los hombres, es en la mente de los hombre donde deben erigirse los baluartes de la paz”.
viernes, 14 de diciembre de 2018
Día internacional de los derechos humanos
Por Elena Crespo García (1º Bachillerato E)
El pasado lunes, día 10 de diciembre, se celebró el Día Internacional de los Derechos Humanos. Por ello, desde el Comité de Solidaridad, queremos explicar un poco acerca de ellos y su historia, además, hemos colgado carteles con los derechos por el instituto para que los alumnos puedan conocerlos.
El Día Internacional de los Derechos Humanos se celebra en conmemoración al día en el que la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamando sus derechos como “un ideal común para todos los pueblos y naciones”. Esto tuvo lugar en el año 1948 en Paris.
Posteriormente la Declaración Universal de Derechos Humanos se unió con los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y sus protocolos comprenden lo que se ha denominado la Carta Internacional de Derechos Humanos, la cual todos los estados firmantes están obligados a cumplir.
Pero, ¿qué es lo que deben cumplir? Esta declaración consta de 30 artículos básicos que todo ser humano ha de tener, y que enumeraremos a continuación:
El pasado lunes, día 10 de diciembre, se celebró el Día Internacional de los Derechos Humanos. Por ello, desde el Comité de Solidaridad, queremos explicar un poco acerca de ellos y su historia, además, hemos colgado carteles con los derechos por el instituto para que los alumnos puedan conocerlos.
El Día Internacional de los Derechos Humanos se celebra en conmemoración al día en el que la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamando sus derechos como “un ideal común para todos los pueblos y naciones”. Esto tuvo lugar en el año 1948 en Paris.
Posteriormente la Declaración Universal de Derechos Humanos se unió con los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y sus protocolos comprenden lo que se ha denominado la Carta Internacional de Derechos Humanos, la cual todos los estados firmantes están obligados a cumplir.
Pero, ¿qué es lo que deben cumplir? Esta declaración consta de 30 artículos básicos que todo ser humano ha de tener, y que enumeraremos a continuación:
Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Artículo 12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 13. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 14. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 15. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. A nadie se le privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Artículo 16. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse matrimonio.
La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Artículo 17. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 18. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de manifestar su religión o su creencia individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Artículo 12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 13. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 14. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 15. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. A nadie se le privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Artículo 16. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse matrimonio.
La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Artículo 17. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 18. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de manifestar su religión o su creencia individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 20. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Artículo 21. - Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Artículo 22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24. Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
Artículo 26. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Artículo 27. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Artículo 28. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. En el ejercicios de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos principios de las Naciones Unidas.
Artículo 30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
Artículo 26. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Artículo 27. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Artículo 28. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. En el ejercicios de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos principios de las Naciones Unidas.
Artículo 30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
martes, 27 de noviembre de 2018
Día contra la violencia de género II
Por Elena Crespo García (1º Bachillerato E)
El pasado lunes 26 de Noviembre se celebró en el IES Viera y Clavijo el día Contra la Violencia de Género. Para este el Comité de Solidaridad, junto con el de igualdad, ha realizado diferentes actividades.
En primer lugar, durante el recreo se repartieron lazos violetas a los alumnos y el personal del centro para recordar a las mujeres que sufren o sufrieron violencia de género, y a las asesinadas por la misma. También se preparó un árbol solidario, el cual se colocó en el corcho de la entrada principal, al que titularon “Ni una más”. En este se pagaron hojas de cartulinas de diferentes colores y formas que indican el número de mujeres asesinadas hasta ese momento.
El pasado lunes 26 de Noviembre se celebró en el IES Viera y Clavijo el día Contra la Violencia de Género. Para este el Comité de Solidaridad, junto con el de igualdad, ha realizado diferentes actividades.
En primer lugar, durante el recreo se repartieron lazos violetas a los alumnos y el personal del centro para recordar a las mujeres que sufren o sufrieron violencia de género, y a las asesinadas por la misma. También se preparó un árbol solidario, el cual se colocó en el corcho de la entrada principal, al que titularon “Ni una más”. En este se pagaron hojas de cartulinas de diferentes colores y formas que indican el número de mujeres asesinadas hasta ese momento. lunes, 26 de noviembre de 2018
Día contra la violencia de género I
Por Elena Crespo García (1º Bachillerato E)
El pasado domingo 25 de noviembre tuvo lugar el Día Contra la Violencia de Género, en el cual hubo manifestaciones por toda España, incluyendo las Islas Canarias. Por ello el lunes 26 el IES Viera y Clavijo contó con diferentes actividades para concienciar a los alumnos del centro y mostrar su rechazo a cualquier forma de violencia y su compromiso por erradicarla. Entre las actividades realizadas cabe destacar las dos obras de teatro interpretadas por alumnos del centro y coordinadas por D. Aurelio Fernández, profesor de Griego. La primera actuación fue representada por los alumnos de la optativa de Artes Escénicas. Y la segunda actuación tuvo lugar a lo largo de la mañana en el salón de actos, donde acudieron diferentes grupos a presenciarla. Fue realizada por un grupo de alumnos de 2º de bachillerato, miembros del grupo de teatro, quienes se basaron en un monólogo de Assumpta Serna titulado ¿Por qué no me voy?
El pasado domingo 25 de noviembre tuvo lugar el Día Contra la Violencia de Género, en el cual hubo manifestaciones por toda España, incluyendo las Islas Canarias. Por ello el lunes 26 el IES Viera y Clavijo contó con diferentes actividades para concienciar a los alumnos del centro y mostrar su rechazo a cualquier forma de violencia y su compromiso por erradicarla. Entre las actividades realizadas cabe destacar las dos obras de teatro interpretadas por alumnos del centro y coordinadas por D. Aurelio Fernández, profesor de Griego. La primera actuación fue representada por los alumnos de la optativa de Artes Escénicas. Y la segunda actuación tuvo lugar a lo largo de la mañana en el salón de actos, donde acudieron diferentes grupos a presenciarla. Fue realizada por un grupo de alumnos de 2º de bachillerato, miembros del grupo de teatro, quienes se basaron en un monólogo de Assumpta Serna titulado ¿Por qué no me voy?
Ese día también tuvo lugar una actuación musical coordinada por Dña. Cecilia
Díaz, y representada por el alumnado de 3º y 4º ESO que cantaron “La puerta violeta”
de Rozalen.
Además de estas, durante el recreo tuvieron lugar diferentes actividades. En
primer lugar, un manifiesto en el patio central desde el proyecto de Igualdad, tras el cual
los diferentes alumnos de las asignaturas de Inglés, Francés y Alemán levantaron
carteles con frases en dichos idiomas, coordinados por D. Juan Carlos Díaz, Dña.
Jennifer Domínguez, Dña. Cristína González y Dña. Mari Carmen Martínez, del
proyecto de Lenguas Extranjeras y Tutorías.
Y por último el Comité de Solidaridad, junto con el Comité de Igualdad, repartió
lazos violetas y preparó un árbol con hojas, que se colocó en la entrada del centro, en el cual se
representaron las mujeres asesinadas por sus parejas o exparejas .
sábado, 24 de noviembre de 2018
Comité de solidaridad
El Comité de Solidaridad es uno de los tantos proyectos del IES Viera y Clavijo,
y es, además, parte de la Red de Escuelas Solidarias. Este tiene como objetivos
potenciar en los alumnos del centro los valores de solidaridad, respeto, empatía,
generosidad, etc. Y concienciar a dichos alumnos de los problemas que hay en la
actualidad en el mundo.
Este grupo trabaja de forma conjunta con otros comités del instituto,
especialmente en los días internacionales, como el día Contra la Violencia de Género, el
día de los Derechos Humanos, el día de la Paz, el día de la Mujer Trabajadora, etc.
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